Convocatoria BEPS 2021

Hoy y Mañana BEPS

Beneficios Económicos Periódicos - BEPS - es un programa de ahorro voluntario diseñado para proteger a las personas a quienes sus recursos no les alcanza para cotizar a pensión.

Las personas que ahorran en BEPS, construyen el capital que les permitirá disfrutar en su vejez de un ingreso económico de por vida. El programa es flexible y permite a los ciudadanos ahorrar de acuerdo a sus capacidades económicas de manera diaria, semanal o mensual. Para los artistas, artesanos (con técnicas reconocidas y certificadas como creación artística ante el Ministerio de Cultura), creadores y gestores culturales adultos mayores, recibirán un beneficio económico proyectado por el Ministerio de Cultura según el estudio en cada caso particular. 

MODALIDADES

1. Financiación de una anualidad vitalicia

Máximo un 30% del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV). $272.558 mensuales y los giros se realizarán bimestralmente.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al beneficio de la anualidad vitalicia?

  • Ser Colombiano
  • Tener mínimo una edad de 57 años (mujeres) y 62 años (hombres)
  • Residir durante los últimos 10 años en el territorio nacional
  • Percibir ingresos inferiores a 1 SMMLV
  • Afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o beneficiarios del Régimen Contributivo de Salud.
  • Que se acredite, a través del Ministerio de Cultura, la condición de creador o gestor cultural (Resolución 3803 de 2017)

2. Financiación de aportes (etapa de ahorro)

Los creadores y gestores culturales -que no tengan la edad (57 mujeres y 62 hombres) para acceder a la anualidad vitalicia- podrán recibir como beneficio aportes al Servicio Social Complementario BEPS, siempre que se encuentren afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o como Beneficiarios del Régimen Contributivo en Salud.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al beneficio de financiación de aportes?

  • Ser Colombiano
  • Residir durante los últimos 10 años en el territorio nacional
  • Percibir ingresos inferiores a 1 SMMLV
  • Afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o beneficiarios del Régimen Contributivo de Salud.
  • Que se acredite, a través del Ministerio de Cultura, la condición de creador o gestor cultural (Resolución 3803 de 2017)

Los creadores y Gestores culturales que cumplan con los requisitos deberán postularse ante la alcaldía del municipio donde residan, instancia que verificará el cumplimiento de las condiciones de acceso al programa.

El aporte mínimo anual (del tercero)será equivalente a seis (6) salarios mínimos diarios legales vigentes -SMDLV- ($175.560 en el 2020) y el valor máximo estará determinado por el monto anual permitido para el Servicio Social Complementario de BEPS.

El cálculo del valor del incentivo periódico (20%) que otorga el Estado se efectuará exclusivamente sobre el monto de los aportes realizados por el creador y gestor cultural al Servicio Social Complementario de BEPS, y no sobre los recursos transferidos por las entidades territoriales.

En ningún caso el aporte al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos, genera derechos ciertos o expectativas legítimas, por lo cual una vez agotados los recursos, la entidad territorial no estará obligada a continuar realizando estos aportes.

Requisitos y el procedimiento de acreditación de la condición de creador y gestor cultural, para efectos de la asignación de los beneficios de que trata el Decreto 2012 de 2017

  • Creador: Persona generadora de bienes y productos culturales a partir de la imaginación, la sensibilidad y la creatividad.
  • Gestor: Persona que impulsa los procesos culturales al interior de las comunidades e instituciones, a través de la participación, democratización y descentralización del fomento de la actividad cultural. Coordina como actividad permanente las acciones de administración, planeación, seguimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos de las entidades y organizaciones culturales, o de los eventos culturales comunitarios.

Parágrafo. Debe considerarse al creador como productor, además de bienes materiales, de procesos, manifestaciones, situaciones y relaciones mediadas por la expresión y el pensamiento artístico.

DEBE ACREDITAR:

a) Que se ha formado o realiza actividades culturales en una de las áreas artísticas o de gestión cultural, de acuerdo con la definición establecida en el artículo segundo de la presente resolución;

b) Que el bien, producto o proceso de su actividad cultural ha sido socializado ante el público.

DOCUMENTACIÓN:

FORMULARIO DILIGENCIADO, FOTOCOPIA DE LA CÉDULA Y AL MENOS UNO DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS DE ACUERDO A LA CATEGORÍA PARA ACREDITACIÓN

GESTIÓN CULTURAL Y TRAYECTORIA

  1. Copia de las actas de liquidación o certificaciones de los contratos suscritos con entidades públicas y/o privadas, cuyo objeto haya sido el desarrollo, coordinación, planificación, evaluación, seguimiento o ejecución de proyectos artísticos, culturales y/o patrimoniales, y en los cuales se evidencie el papel del interesado como participante.
  2. Soportes que acrediten la gestión o coordinación de eventos, actividades o proyectos culturales.

SOCIALIZACIÓN ANTE EL PÚBLICO

  1. Copia de material audiovisual, reseñas, afiches, catálogos, recortes o avisos de prensa, programas de mano de realización de ferias, eventos, festivales, entre otros, que demuestren la socialización ante el público de su actividad como gestor.
  2. Galardones, premios y/o estímulos otorgados al interesado con ocasión de su calidad de gestor (Minimo Uno).
  3. Certificación de participación en actividades artísticas o culturales como gestor cultural.

FORMACIÓN

  1. Certificados y diplomas de culminación de estudios en programas de administración y gestión cultural.
  2. Certificados de educación para el trabajo y el desarrollo humano en programas de administración y gestión cultural.

FORMULARIO:

  1. Tipo de documento de identidad.
  2. Número del documento de identidad.
  3. Nombre y apellidos completos.
  4. Fecha de nacimiento.
  5. Actividad desempeñada como creador o gestor cultural.
  6. Si se encuentra afiliado o no al régimen subsidiado de salud o se encuentra como beneficiario en el régimen contributivo
  7. Link de Carga de Documentos (Solo Archivos comprimidos en formato .ZIP .RAR .7ZIP)

 INSCRIPCIONES ABIERTAS HASTA EL 9 DE ABRIL DE 2021


PARA DILIGENCIAR EL FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, DE CLIC EN EL SIGUIENTE ENLACE:

CERRADO!